jueves, 4 de enero de 2007

LEONEL FERNANDEZ VIOLA LA LEY MUNICIPAL

FEDERACION MUNICIPIOS
Reclama Gobierno les asigne el 10% de los ingresos
La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) reclamó del Gobierno Central el cumplimiento de la Ley 166-03
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SANTO DOMINGO, D. N.- La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) reclamó del Gobierno Central el cumplimiento de la Ley 166-03 que ordena entregar el 10% de los ingresos del Estado Dominicano a los ayuntamientos.
La entidad que agrupa los municipios del país consideró como preocupante la violación, por tercer año consecutivo, de la mencionada Ley cuyo incumplimiento constriñe la programación económica de los cabildos que presupuestan basado en la legislación.
FEDOMU considera injustificable privar a los municipios dominicanos de los beneficios en obras, bienes y servicios que se producirían con un monto de alrededor de 6 mil millones de pesos que dejaría el gobierno de entregar a los ayuntamientos.
Entiende que los aprestos del gobierno de seguir desconociendo derechos de los ayuntamientos, adquiridos por Ley, son llevar desasosiego a la familia municipalista por la necesidad de seguir ofreciendo más y mejores servicios.
La FEDOMU convocó de urgencia su Consejo Directivo quienes junto a los encargados de Asuntos Municipales de los tres partidos políticos mayoritarios y el subsecretario de Estado de Interior y Policía, doctor Domingo Jiménez, en representación del titular de esa cartera, doctor Franklin Almeyda Rancier, se reunirán este jueves con la Comisión Bicameral que analiza el proyecto del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para este año, con la finalidad para presentar su oposición a las pretensiones gubernamentales.
Víctor D'Aza, director ejecutivo de FEDOMU, dijo que "se hace imperioso que el superior gobierno de cumplimiento fiel a lo que estipula la Ley 166-03, en el sentido de que en dos ocasiones anteriores se esgrimieron argumentos insostenibles los cuales, en procura del sano convivir ciudadano la entidad los aceptaba pero ha llegado una tercera ocasión donde se considera impostergable su aplicación por razones lógicas”.

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